Presidencia de la Nación

Residencias Co.Na.Re


Orientación al Migrante

La Política Migratoria Argentina se define a partir de lo establecido en la Ley N° 25.871, Dto. 616/2010, Dto. 70/2017. De esta forma, todas aquellas personas que deseen radicarse en la República Argentina deberán encuadrar en alguno de los criterios de admisión enumerados en los artículos 22 (residencia permanente), 23 (residencia temporaria) y 24 (residencia transitoria) del cuerpo legal citado.

A tales fines, la Dirección Nacional de Migraciones exigirá a los extranjeros tanto documentación personal, como aquella documentación que sea probatoria de la adecuación de cada persona al criterio de admisión bajo el cual se solicita la residencia. A los efectos operativos y de acuerdo a lo establecido en la legislación vigente, los modos y requisitos para obtener una residencia observan diferencias de acuerdo a si el solicitante es ciudadano nativo de los países miembros y estados asociados al MERCOSUR o si es NO-MERCOSUR.

Radicaciones MERCOSUR

(Bolivia, Brasil, Colombia, Chile, Ecuador, Paraguay, Perú, Uruguay y Venezuela)

Todos aquellos extranjeros nativos de los países miembros y estados asociados al MERCOSUR deberán iniciar sus solicitudes de residencia, tanto temporarias como permanentes, en el Departamento Gestión de Trámites MERCOSUR, de la Dirección de Radicaciones, de la Dirección General de Inmigración, Dirección Nacional de Migraciones, o en alguna de sus delegaciones en el interior del país

Radicaciones No MERCOSUR

(Resto del mundo excepto países miembros y asociados al MERCOSUR)

Todos aquellos extranjeros NO nativos de los países miembros y estados asociados al MERCOSUR deberán iniciar sus solicitudes de residencia, en el Departamento Gestión de Trámites NO MERCOSUR, de la Dirección de Radicaciones, de la Dirección General de Inmigración, Dirección Nacional de Migraciones, o en alguna de sus delegaciones en el interior del país.
A los fines de regularizar su situación migratoria, los solicitantes deberán acompañar una serie de documentos personales comunes a todos los tipos de trámite y, adicionalmente, documentación probatoria de la adecuación de cada migrante al criterio de admisión bajo el cual solicita la residencia.

Tramitación de Ingresos

Por este trámite se solicita el ingreso y permanencia de extranjeros residentes en el exterior. La Dirección Nacional de Migraciones emite un Permiso de Ingreso que debe ser presentado por los ingresantes ante el consulado argentino con jurisdicción sobre su habitual lugar de residencia. Con dicho permiso, se gestiona ante el consulado la visa para poder ingresar al país, en la categoría migratoria autorizada.

Ver más informacion en la web de la Dirección Nacional de Migraciones.

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