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Incluir Salud lanzó el “Plan de Acompañamiento al Sector Prestacional”, con estímulos económicos para el sector

Se trata de una serie de medidas tendientes al fortalecimiento y apoyo económico de prestadores de servicios para personas con discapacidad de la órbita del Programa Federal de Salud “Incluir Salud", que van desde el 25% al 250%, según cada categoría. El principal objetivo es asegurar la continuidad operativa de las prestaciones en el marco de la emergencia económica y sanitaria.


En la sede central de la Agencia Nacional de Discapacidad (ANDIS), hoy lunes 26 de febrero, el director ejecutivo, Dr. Diego Spagnuolo, encabezó junto al director nacional de Acceso a los Servicios de Salud, Dr. Juan Pablo Perazzo, un encuentro con representantes de asociaciones de prestadores de discapacidad, representantes de hogares y de transporte, para lanzar el denominado “Plan de Acompañamiento al Sector Prestacional” en la órbita del Programa Federal “Incluir Salud”.

En su etapa inicial, el Plan -cuyo objetivo es asegurar la continuidad operativa de las prestaciones, y garantizar el acceso a servicios de calidad para los beneficiarios de todo el país- comprende las siguientes medidas:

• Un estímulo económico excepcional, por única vez, para los prestadores del Sistema de Prestaciones Básicas actuantes bajo la órbita de Incluir Salud, equivalente al VEINTICINCO POR CIENTO (25%) de la facturación presentada por el período julio 2023, con excepción de los transportistas que aplicarán a un CUARENTA Y CINCO POR CIENTO (45%) sobre la facturación del mes de julio 2023.

• Una percepción complementaria, en TRES (3) cuotas mensuales consecutivas, a favor de los prestadores de Incluir Salud de las modalidades de hogar, hogar permanente, pequeño hogar, residencia y/o residencia permanente, equivalente a la diferencia resultante entre el monto facturado en cada mes y el valor referencial de la categoría siguiente del Nomenclador de Prestaciones Básicas. Esto es: prestadores conveniados no categorizados, percibirán el monto resultante de la diferencia entre la liquidación por la prestación efectuada y la que resultaría enmarcada en la categoría “C; prestadores conveniados categorizados como “C”, percibirán el monto resultante de la diferencia con la liquidación de una “B” y aquellos conveniados categorizados como “B”, percibirán el monto resultante de la diferencia con la liquidación de una “A” del Nomenclador.

• Una percepción complementaria con el fin de fortalecer el módulo de almuerzo, en TRES (3) cuotas mensuales consecutivas, a favor de los prestadores de Incluir Salud en cualquiera de los dispositivos amparados en el Nomenclador de Prestaciones Básicas que contemplen las modalidades de jornada simple, jornada doble, o con alojamiento permanente, según el siguiente esquema:
○ Prestadores en la modalidad jornada simple sin almuerzo (con colación), un adicional equivalente al VEINTICINCO POR CIENTO (25%) sobre el valor del módulo correspondiente;
○ Prestadores en la modalidad jornada simple con almuerzo o jornada doble con almuerzo, un adicional del CIENTO CINCUENTA POR CIENTO (150%) sobre el valor del módulo correspondiente;
○ Prestadores con alojamiento permanente, un adicional del DOSCIENTOS CINCUENTA POR CIENTO (250%) sobre el valor del módulo correspondiente.
Incluir Salud será la encargada de operativizar, de forma simplificada, la metodología de acceso a los estímulos económicos.

Se prevé que estas medidas sean complementadas en el futuro por otras adicionales, de carácter operativo, que tiendan al acompañamiento del sector de manera integral.

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