Presidencia de la Nación

Prórroga del SiRADIG

Podrá hacerse hasta el 31 de mayo, inclusive.


Los ciudadanos obligados a presentar el formulario de declaración jurada F. 572 Web a través del servicio “SiRADIG - TRABAJADOR”, podrán -con carácter de excepción- efectuar la presentación por el período fiscal 2023, hasta el 31 de mayo de 2024, inclusive.

La medida fue oficializada a través de la publicación de la Resolución General N° 5507/2024 en el Boletín Oficial.

Los agentes de retención realizarán la liquidación anual correspondiente al aludido período hasta el 28 de junio de 2024, inclusive.

El importe determinado en dicha liquidación anual, será retenido o, en su caso reintegrado, cuando se efectúe el primer pago posterior o, en los siguientes si no fuera suficiente, y hasta el 10 de julio de 2024, inclusive.

Asimismo, deberá informarse e ingresarse el referido importe hasta las fechas de vencimiento previstas para la presentación de la declaración jurada e ingreso del saldo resultante que operan en el mes de julio de 2024, del Sistema de Control de Retenciones (SICORE) informándolo en el período junio de 2024 y consignando como fecha de retención el 28 de junio de 2024.

Resolución General N° 5507/2024

Scroll hacia arriba