Presidencia de la Nación

Viaje seguro de menores en micros de larga distancia

Nueva reglamentación para que los menores viajen seguros en micros de larga distancia.


La nueva reglamentación establece que los menores de hasta 5 años deberán viajar acompañados por al menos uno de sus padres o representante legal, o un tercero autorizado por alguno de ellos; los menores de entre 6 y 12 años, inclusive, deberán viajar acompañados por al menos uno de sus padres o representante legal, o un tercero autorizado por alguno de ellos. También podrá optar por el servicio de "menor no acompañado". Asimismo, los menores de entre 13 y 17 años, inclusive, que viajen solos deberán presentar la documentación autorizada por al menos uno de sus padres o representante legal.

Hay dos maneras de tramitar las autorizaciones de viaje. La primera es la modalidad presencial. En este tipo de modalidad, los pasajeros deberán completar un formulario que estará disponible en las empresas o podrán descargarlo a través de este enlace. La segunda opción es a través de la modalidad no presencial, es decir, se podrá realizar la autorización a través de: escribanos, jueces competentes, autoridades competentes del Registro Civil y Capacidad de las Personas, Justicia de Paz y otras autoridades administrativas y judiciales.

La documentación que se requiere para viajar:

  • DNI / Pasaporte del menor.
  • DNI del representante legal.
  • Libreta de matrimonio con nacimiento asentado o Partida de nacimiento o Acta de nacimiento o Testimonio judicial de adopción.
  • El vínculo filiatorio podrá ser acreditado mediante el DNI del menor, siempre que este contenga el nombre de sus representantes legales.
  • Si viaja con un tercero, DNI de la persona responsable del menor durante el viaje y autorización correspondiente.

Ante cualquier duda, comunícate al 0-800-333-0300

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