Presidencia de la Nación

Objetivos


Subsecretaría de Puertos, Vías Navegables y Marina Mercante

Dirección Nacional de Control de Puertos y Vías Navegables

Responsabilidad primaria:

Ejecutar las tareas de control y fiscalización sobre las delegaciones regionales, los puertos, vías navegables, concesiones y contrataciones de obras en el ámbito de su competencia, así como las políticas, planes y programas definidos por la Subsecretaría, en su carácter de autoridad portuaria nacional.

Acciones:
  1. Fiscalizar el cumplimiento de las políticas, planes y programas de la Subsecretaría, en su carácter de autoridad portuaria nacional.
  2. Asesorar técnicamente a la Subsecretaría en el diseño de políticas, planes y programas aplicables al sistema portuario nacional.
  3. Intervenir en la dirección e inspección de las obras públicas en el ámbito de su competencia, y en el control del cumplimiento de las normas legales y reglamentarias aplicables a las concesiones de obra.
  4. Coordinar el relevamiento del estado de las vías navegables de jurisdicción nacional y canales de acceso portuario y resolver sobre el cumplimiento de los objetivos fijados y sobre los requerimientos planteados por los concesionarios.
  5. Coordinar el proceso de otorgamiento de habilitaciones de puertos y/o amarraderos fluviales, de ocupaciones de espejos de agua y de declaratorias para la ejecución de obras en el ámbito portuario, canales de acceso a puertos y vías navegables de jurisdicción nacional y la extracción de arena y/o canto rodado.
  6. Propiciar acuerdos y delimitar las responsabilidades en el dragado de accesos y dársenas de cada puerto, en el caso en que ello fuera necesario por tratarse de zonas donde la responsabilidad sea de dudosa o conflictiva determinación.
  7. Intervenir en los procesos licitatorios para el otorgamiento de concesiones o contrataciones que se efectúen con motivo de las acciones vinculadas al área de su competencia.
  8. Fiscalizar las actividades operativas de los puertos y el funcionamiento de los servicios portuarios y de transporte interjurisdiccional respecto a los requisitos mínimos del servicio público y la protección del usuario y del consumidor frente a posibles violaciones a los principios de la sana competencia, e intervenir en la aplicación del régimen disciplinario por el incumplimiento de las disposiciones legales y/o reglamentarias en que incurriesen los titulares de las administraciones portuarias públicas y privadas.
  9. Dirigir las comunicaciones formales con los concesionarios y/o adjudicatarios de obras en el ámbito de competencia de la Subsecretaría, e intervenir en la tramitación de los reclamos, solicitudes, propuestas y resoluciones efectuados por ellos.
  10. Elaborar los proyectos de informes finales y/o actos administrativos en lo relativo a tramitaciones del ámbito de su competencia y administrar los registros correspondientes.
  11. Asesorar técnicamente en las comisiones, foros y organismos nacionales e internacionales en el ámbito de su competencia, en particular en la Comisión Interamericana de Puertos (CIP) de la Organización de los Estados Americanos (OEA) y el Consejo Federal Portuario.
  12. Coordinar la acción de los distintos organismos del ESTADO NACIONAL y entes privados que interactúan en el ámbito portuario.
  13. Supervisar las tareas desempeñadas por las delegaciones regionales, y aquellas relativas al mantenimiento de las unidades flotantes, maquinarias y equipos asignados a las mismas.

Dirección de Operaciones

Acciones:
  1. Coordinar las tareas desempeñadas por las delegaciones regionales de todo el país y brindarles asistencia en materia de recursos humanos y materiales.
  2. Administrar el mantenimiento de las unidades flotantes, maquinarias y equipos asignados a las delegaciones regionales para sus actividades técnicas y operativas específicas.
  3. Gestionar las declaratorias de desuso y/o rezago y coordinar la disposición final de las unidades flotantes y material terrestre.
  4. Proveer el alistamiento logístico general de los buques y artefactos navales, procurando la instrucción y adiestramiento de las respectivas tripulaciones.
  5. Disponer la realización de inspecciones técnicas a los buques y artefactos navales.
  6. Participar en la preparación de la documentación y especificaciones técnicas relativas a los trabajos de dragado y señalización de vías navegables que le sean requeridos.
  7. Participar en las actividades operativas de los puertos y el funcionamiento de los servicios portuarios y de transporte interjurisdiccional, en el ámbito de su competencia.

Dirección de Control Técnico y Habilitaciones

Acciones:
  1. Asistir en la elaboración y/o evaluación de pliegos y bases de condiciones para llamados a concursos y/o licitaciones en el ámbito de competencia de la Subsecretaría.
  2. Efectuar las inspecciones sobre las obras y/o servicios a cargo de los concesionarios y/o adjudicatarios y las necesarias a fin de obtener las certificaciones técnicas de obras finalizadas en el ámbito portuario y en las vías navegables de jurisdicción nacional.
  3. Recabar, procesar y fiscalizar la información técnica que deben presentar los concesionarios y/o adjudicatarios en función de lo previsto en los pliegos y/o contratos como así también, efectuar el análisis de la documentación técnica relativa a los procesos de habilitaciones, declaratorias, ocupaciones de espejo de agua, extracción de arena y/o canto rodado y contrataciones.
  4. Fiscalizar el cumplimiento de los aspectos ambientales y de seguridad e higiene laboral en coordinación con los órganos técnicos competentes de las jurisdicciones que correspondan.
  5. Asistir a la Dirección Nacional en el control del funcionamiento de los servicios portuarios y de transporte interjurisdiccional respecto al cumplimiento de los requisitos mínimos del servicio público y la protección del/de la usuario/a y del/de la consumidor/a, frente a posibles violaciones a los principios de la sana competencia.
  6. Efectuar los análisis y estudios técnicos de sedimentación, relevamientos topobatimétricos e hidrométricos y de manejo costero de márgenes fluviales que sea requerido a la Dirección Nacional.
  7. Gestionar y administrar los sistemas de ayuda a la navegación para su posterior procesamiento, como cartas náuticas e información hidrométrica en tiempo diferido.
  8. Asistir a la Dirección Nacional en el proceso de otorgamiento de habilitaciones de puertos y/o amarraderos fluviales, de ocupaciones de espejos de agua y de declaratorias para la ejecución de obras en el ámbito portuario, canales de acceso a puertos y vías navegables de jurisdicción nacional, como así también la extracción de arena y/o canto rodado.
  9. Colaborar, en el ámbito portuario, en el control del cumplimiento de cualquier ley o reglamentación cuya aplicación competa a una autoridad nacional y verificar las prestaciones de los servicios portuarios, control de las tarifas y movimiento comercial e industrial de cada puerto.
  10. Proponer la aplicación de sanciones y asistir en la aplicación del régimen disciplinario en caso de verificarse incumplimientos a las disposiciones legales y/o reglamentarias, en el ámbito de su competencia y en coordinación con las áreas competentes.

Dirección de Control Documental, Contable y Patrimonial

Acciones:
  1. Analizar, en el ámbito de sus competencias, los aspectos administrativos, contables, financieros, económicos y patrimoniales de las concesiones y/o contratos de obra.
  2. Evaluar la documentación relativa a la tramitación de certificaciones mensuales de obra pública, en materia de su competencia.
  3. Asistir a la Dirección Nacional en las tareas relativas a la comunicación formal con los concesionarios y/o adjudicatarios de obras en el ámbito de competencia de la Subsecretaría, y en la tramitación de los reclamos, solicitudes, propuestas y resoluciones efectuados por ellos.
  4. Recopilar la información y documentación pertinente y evaluar la ecuación económica de los contratos de concesión y obra pública, en el ámbito de sus competencias.
  5. Fiscalizar que los bienes aportados por el concedente sean debidamente utilizados y verificar el estado patrimonial de los equipos e instalaciones entregados a los concesionarios.
  6. Controlar el cumplimiento de las normas aplicables en materia de seguros.
  7. Participar en el proceso de otorgamiento de habilitaciones de puertos y/o amarraderos fluviales, de ocupaciones de espejos de agua y de declaratorias para la ejecución de obras en el ámbito portuario, canales de acceso a puertos y vías navegables de jurisdicción nacional, como así también la extracción de arena y/o canto rodado.
  8. Intervenir en el proceso de solicitud de concesión de espejos de agua en lo relativo al cómputo de los aranceles aplicables.
  9. Proponer la aplicación de sanciones y asistir en la aplicación del régimen disciplinario en caso de verificarse incumplimientos a las disposiciones legales y/o reglamentarias, en el ámbito de su competencia y en coordinación con las áreas competentes.

Dirección de Política Naviera y Marina Mercante

Responsabilidad primaria:

Elaborar y proponer políticas, planes, programas y estudios referidos a las actividades portuarias, al transporte fluvial y marítimo y a la Marina Mercante.

Acciones:
  1. Asistir a la Subsecretaría en su intervención relativa a la elaboración de la política y actualización normativa concernientes a las actividades portuarias, al transporte fluvial y marítimo y a la Marina Mercante Nacional, y promover la inversión privada en la explotación y administración de los puertos y vías navegables.
  2. Intervenir en las negociaciones, implementar convenios y acuerdos en materia de transporte fluvial, marítimo y lacustre a nivel nacional e internacional, y entender en el control del tráfico derivado del cumplimiento de los mismos.
  3. Asesorar técnicamente, en el ámbito de su competencia, en las comisiones, foros y organismos nacionales e internacionales como la Comisión Administradora del Río de la Plata (CARP), la Comisión Administradora del Río Uruguay (CARU), el Comité Intergubernamental de la Hidrovía (CIH), el Subgrupo de Trabajo 5 Mercosur (SGT 5) y la Organización Marítima Internacional (OMI).
  4. Coordinar los estudios para la determinación de las tarifas y condiciones del transporte fluvial y marítimo, los servicios portuarios y la navegación, en particular aquellos declarados servicios públicos y/o esenciales.
  5. Asesorar a la Subsecretaría en lo concerniente al sistema de formación, capacitación y titulación del personal de la Marina Mercante, y entender en la habilitación de escuelas de formación y capacitación, en la aprobación de sus planes de estudio y programas de asignaturas y exigencias de capacitación, y en la supervisión del sistema de formación, capacitación y titulación.
  6. Asistir a la Subsecretaría, en su carácter de Autoridad de Aplicación de las normas sobre el control de operaciones y el servicio de practicaje y pilotaje para los ríos, puertos y canales.
  7. Entender en el control del cumplimiento de la Ley de Cabotaje Nacional -Decreto Ley N° 19.492/44, ratificado por la Ley N° 12.980- y tramitar las excepciones a la misma.
  8. Entender en las autorizaciones de incorporaciones y ceses de buques y artefactos navales a la matrícula nacional, con excepción de los buques pesqueros; así como intervenir en las autorizaciones especiales que requiera la normativa vigente, y llevar los correspondientes registros.

Coordinación de Estudios y Estadísticas

Acciones:
  1. Realizar los estudios técnicos, estadísticos y económicos vinculados con las actividades portuaria y naviera.
  2. Elevar a consideración de la Dirección, los informes necesarios para que la autoridad competente establezca tarifas y precios razonables para los servicios portuarios y la navegación.
  3. Relevar, actualizar, sistematizar y difundir la información estadística relativa a movimientos de cargas, pasajeros y embarcaciones, tarifas e infraestructuras y tecnologías disponibles del sector, en coordinación con las áreas competentes.
  4. Coordinar las acciones de las áreas encargadas de recabar, procesar y generar información que sirva de insumo para establecer tarifas y precios razonables de los servicios portuarios y la navegación.
  5. Efectuar estudios relativos a los servicios públicos y la protección del/de la usuario/a y del/de la consumidor/a frente a posibles violaciones a los principios de la sana competencia, en el marco de las políticas del sector.
  6. Publicar el estado y novedades sobre las vías navegables de jurisdicción nacional y canales de acceso portuario, en coordinación con las áreas con competencia en la materia.
  7. Generar y mantener vínculos coordinados con organismos del ESTADO NACIONAL y la sociedad civil que entiendan en la elaboración de información estadística relativa al sector.

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